Los plazos empiezan a contar desde el día siguiente a la notificación, por eso conviene revisarla en cuanto llega.
Si la recibe por vía electrónica y no accede a ella en 10 días naturales, se entiende rechazada y el procedimiento sigue adelante. Leerla a tiempo le permite preparar alegaciones o recursos sin perder ninguna oportunidad de defensa.